Herramienta Nº 04 · fiscal

IRPF autónomos — Modelo 130

Calcula el pago fraccionado trimestral de IRPF si eres autónomo en estimación directa: 20% del rendimiento neto del trimestre, menos las retenciones que ya te hayan practicado.

Compras, suministros, cuota de autónomos, gestoría, alquiler del local, etc.
Si facturas a empresas que te retienen IRPF (normalmente 15% o 7% nuevos autónomos), pon aquí el total retenido.
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Esto es una estimación orientativa del pago fraccionado en estimación directa simplificada/normal. No sustituye la presentación real del Modelo 130 ni asesoría de un gestor o asesor fiscal. No aplica si estás en estimación objetiva (módulos).

Preguntas frecuentes sobre el Modelo 130

¿Qué es el Modelo 130?

Es la declaración trimestral que presentan los autónomos en estimación directa para pagar un adelanto de su IRPF anual, calculado como un porcentaje del rendimiento neto (ingresos menos gastos deducibles) obtenido en el trimestre.

¿Todos los autónomos tienen que presentar el Modelo 130?

No. Los autónomos en estimación objetiva (módulos) presentan el Modelo 131 en su lugar. Además, si más del 70% de tus ingresos ya llevan retención de IRPF (facturas a empresas con retención), puedes quedar exento de presentar el Modelo 130.

¿Qué gastos son deducibles para un autónomo?

Entre otros: compras y suministros directamente relacionados con la actividad, alquiler del local, cuota de autónomos, gestoría, parte proporcional de suministros si trabajas desde casa, y determinados gastos de manutención con condiciones específicas.

¿Cuándo se presenta el Modelo 130?

Trimestralmente: del 1 al 20 de abril, julio y octubre, y del 1 al 30 de enero para el cuarto trimestre del año anterior.